Enhorabuena

Es posible que te encuentres a la espera del nacimiento de un hijo, o quizás acabas de tenerlo, o tienes un hijo de varios meses o años de edad que aún no es cristiano. Es posible que seas un adulto que aún no ha recibido el Bautismo. Sin importar la etapa de crianza de tus hijos, ten presente que has sido muy bendecido por Dios y que Él ha puesto en tus manos esta criatura para que la ayudes a crecer en todos los aspectos de la vida. Como padre o madre vas a ser el primero y más influyente maestro en la fe de tu hijo. Esperamos poder ayudarte en esta preciosa misión a través del Sacramento del Bautismo.

¿Qué es el Bautismo?

El Santo Bautismo es el fundamento de toda la vida cristiana, el pórtico de la vida en el espíritu («vitae spiritualis ianua») y la puerta que abre el acceso a los otros sacramentos. Por el Bautismo somos liberados del pecado y regenerados como hijos de Dios, llegamos a ser miembros de Cristo y somos incorporados a la Iglesia y hechos partícipes de su misión (CEC 1213). En el bautismo de un niño o un adulto celebramos el amor incondicional de Dios y damos la bienvenida a nuestra fe a quienes renacen por el agua y el Espíritu Santo.

Id, pues y haced discípulos a todas las gentes, bautizándolas en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo
Mt 28,19
Id por todo el mundo y predicad el evangelio a toda criatura. El que crea y se bautice se salvará; el que no crea, se condenará
Mc 16,15

Requisitos para padres y padrinos

  • Al menos uno de los padres debe ser católico.

  • Se exige que haya un padrino o una madrina, o un padrino y una madrina:

    • Canon 872: En la medida de lo posible, a quien va a recibir el bautismo se le ha de dar un padrino, cuya función es asistir en su iniciación cristiana al adulto que se bautiza, y, juntamente con los padres, presentar al niño que va a recibir el bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo.

    • Canon 873: Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno y una.

  • Requisitos para ser admitido como padrino:

    • Canon 874 § 1: Para que alguien sea admitido como padrino, es necesario que:

      • 1º. haya sido elegido por quien va a bautizarse o por sus padres o por quienes ocupan su lugar o, faltando éstos, por el párroco o ministro; y que tenga capacidad para esta misión e intención de desempeñarla;

      • 2º. haya cumplido dieciséis años, a no ser que el Obispo diocesano establezca otra edad, o que, por justa causa, el párroco o el ministro consideren admisible una excepción;

      • 3º. sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el Santísimo Sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir;

      • 4º. no esté afectado por una pena canónica, legítimamente impuesta o declarada;

      • 5º. no sea el padre o la madre de quien se ha de bautizar.

¿Qué tengo que hacer para bautizar a mi hijo?

  • Rellena, imprime y entréganos la SOLICITUD DE BAUTISMO.

  • Para contactar con nosotros puedes pasar personalmente por el despacho parroquial (lunes a viernes: 20:30 h.), llamar por teléfono o enviarnos un mail.

  • La preparación al bautismo es personalizada por medio del encuentro catequético que dispondrá a la familia para la celebración del sacramento.

  • Puedes consultar los datos de contacto de la parroquia aquí