¡ Enhorabuena !

¡Felicidades por tu compromiso! Tu decisión de recibir el sacramento del matrimonio es un signo maravilloso de esperanza y fuerza para la comunidad de fe de San Juan de la Cruz. Sin ninguna duda, tu futuro matrimonio se convertirá para nosotros en signo y símbolo del gran amor de Dios para la familia humana .

Alianza

La alianza matrimonial, por la que un hombre y una mujer constituyen una íntima comunidad de vida y de amor, fue fundada y dotada de sus leyes propias por el Creador. Por su naturaleza está ordenada al bien de los cónyuges así como a la generación y educación de los hijos. Entre bautizados, el matrimonio ha sido elevado por Cristo Señor a la dignidad de sacramento (CEC 1660).

El Sacramento

El sacramento del Matrimonio significa la unión de Cristo con la Iglesia. Da a los esposos la gracia de amarse con el amor con que Cristo amó a su Iglesia; la gracia del sacramento perfecciona así el amor humano de los esposos, reafirma su unidad indisoluble y los santifica en el camino de la vida eterna (cf. Concilio de Trento: DS 1799). El matrimonio se funda en el consentimiento de los contrayentes, es decir, en la voluntad de darse mutua y definitivamente con el fin de vivir una alianza de amor fiel y fecundo. Dado que el matrimonio establece a los cónyuges en un estado público de vida en la Iglesia, la celebración del mismo se hace ordinariamente de modo público, en el marco de una celebración litúrgica, ante el sacerdote (o el testigo cualificado de la Iglesia), los testigos y la asamblea de los fieles. La unidad, la indisolubilidad, y la apertura a la fecundidad son esenciales al matrimonio. La poligamia es incompatible con la unidad del matrimonio; el divorcio separa lo que Dios ha unido; el rechazo de la fecundidad priva la vida conyugal de su “don más excelente”, el hijo (GS 50,1). Contraer un nuevo matrimonio por parte de los divorciados mientras viven sus cónyuges legítimos contradice el plan y la ley de Dios enseñados por Cristo. Los que viven en esta situación no están separados de la Iglesia pero no pueden acceder a la comunión eucarística. Pueden vivir su vida cristiana sobre todo educando a sus hijos en la fe. El hogar cristiano es el lugar en que los hijos reciben el primer anuncio de la fe. Por eso la casa familiar es llamada justamente “Iglesia doméstica”, comunidad de gracia y de oración, escuela de virtudes humanas y de caridad cristiana. (CEC 1661-1666).

Maridos, amad a vuestras mujeres como Cristo amó a la Iglesia […]Gran misterio es éste, lo digo con respecto a Cristo y la Iglesia
Ef 5, 25-32

Matrimonio Cristiano ¿ Qué hacer ?

  • Lo primero: los novios deben ir a una de sus parroquias (a la del novio o a la de la novia).
  • Deben acudir con suficiente tiempo. Unos seis meses antes de la fecha prevista para la boda si los dos son de nuestra diócesis y viven en ella. Si uno de los dos es de otro lugar distinto de nuestra diócesis, es conveniente que acudan incluso con más antelación.
  • Es conveniente no fijar la fecha de la boda hasta que el párroco que prepara el expediente matrimonial lo indique.

Preguntas frecuentes

son “los papeles de la boda”. Sin haber completado el expediente matrimonial unos novios no pueden casarse por la Iglesia.

Para realizarlo hay que llevar a dos testigos, mayores de edad, con carnet de identidad y que conozcan desde hace tiempo a los novios.

Si usted se va a casar por la Iglesia NO necesita casarse antes ni después por lo civil ya que el Estado español reconoce como legal y válido el matrimonio canónico.

  • Fotocopia del carnet de identidad.
  • Partida de bautismo (el interesado la puede pedir en la parroquia donde se bautizó).
  • Certificado literal de nacimiento (hay que pedirlo en el registro civil donde nació el interesado).
  • Certificado de fe y estado (se solicita en el registro civil de su localidad).
  • Fotocopia sólo de la hoja del libro de familia de los padres donde aparece inscrito el interesado.
  • Certificado de haber realizado el curso de preparación al matrimonio.
  • Recuerde que los documentos tienen una validez de 6 meses desde que se expide hasta la fecha de la boda.
  • Si se han casado previamente por matrimonio civil: además de los documentos anteriores… Para casarse por la Iglesia con la misma persona debe presentar el certificado y copia del mismo del matrimonio civil que se expide en el lugar donde contrajeron matrimonio.
  • Para casarse por la Iglesia con una persona distinta a la que se casó por lo civil deben aportar todos los documentos indicados y además: Partida del matrimonio civil legalizada. Sentencia firme de divorcio del anterior matrimonio civil.

Tienen que ponerse en contacto con el párroco de la parroquia donde se quieren casar y solicitarle fecha concreta. Se casen donde se casen el expediente de matrimonio siempre se tiene que hacer en la parroquia del novio o de la novia.

Cualquier documento sobre su matrimonio (certificado de matrimonio, etc.) lo tiene que solicitar siempre en la parroquia donde se casó. Si también desea un documento civil (certificado civil del matrimonio canónico) tiene que ir al registro civil de la localidad donde contrajo el matrimonio por la Iglesia. Da igual que los “papeles” los arreglaran en la parroquia de cada uno. Todo lo relacionado con su matrimonio está en la parroquia donde se casaron.

El mismo día de la boda el párroco que les casó les entregará un certificado de celebración de matrimonio. Este certificado tienen que entregarlo en el registro civil del lugar donde se casaron y allí les darán el libro de familia.

Cursos prematrimoniales 2025

En 2025 en nuestra parroquia se realizará los fines de semana del 15-16 y 22-23 de febrero de manera presencial, en horario de 16:30 a 20:00 h. (el domingo 23 de 11:30 a 17:00 h.).

Si queréis realizar el curso prematrimonial en nuestra parroquia debéis rellenar e imprimir la solicitud. Y una vez firmada, entregarla personalmente en la parroquia en horario de despacho (lunes a viernes 20:30 h.).

Solicitud Curso Prematrimonial Parroquia San Juan de la Cruz

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